La AGAL se funda el año 1982. Nos propusimos quienes la fundamos, y de ello dan cuenta sus estatutos, asesorar a los trabajadores y sus organizaciones en la defensa de sus intereses generales. En particular, los derechos fundamentales de libertad sindical y negociación colectiva, gravemente vulnerados por la dictadura militar.
Nuestra organización agrupa a abogados que ejercen libremente la profesión en la especialidad del derecho laboral, y también se afilian a AGAL profesores universitarios de la cátedra de Derecho del Trabajo y funcionarios de los servicios del trabajo.
En el cumplimiento de estos objetivos, AGAL realiza todo tipo de actividades -seminarios, conferencias, jornadas y reuniones- destinadas a elevar el nivel de conocimientos de quienes participan, afiliados o no, tanto en aspectos doctrinarios como jurisprudenciales. Muchas de estas actividades académicas se organizan en conjunto con el Instituto de Estudios Judiciales, que es parte de la Asociación Nacional de Magistrados.
La AGAL ha propuesto reformas legales a gobiernos y ha formulado solicitudes para que se emitan ciertos dictámenes a la Dirección del Trabajo, con el objeto de dar solución a problemas concretos detectados por nuestros afiliados en el ejercicio diario de la profesión. La AGAL ha entregado, y entrega hasta hoy, sus opiniones, tanto al Congreso Nacional (invitada por la Cámara de Diputados o el Senado), como al gobierno, a través del Ministerio del Trabajo. Era habitual que se requiriera sus puntos de vista tanto al elaborar proyectos de ley como en su tramitación en el Congreso.
En el V Congreso Nacional de la AGAL, realizado en octubre de 1998 (en homenaje a un gran juez del trabajo, don Eleazar Gómez), por primera vez en un congreso de una organización nacional participaron, además de los abogados afiliados, el presidente de la Corte Suprema, Roberto Dávila; el ministro del Trabajo, Germán Molina, e incluso magistrados del Tribunal Supremo de España, como don Mariano Sampedro Corral y don Fernando Salinas Molina, y distinguidos catedráticos españoles, como Antonio Baylos y Joaquín Aparicio.
En este V Congreso se hace presente a las autoridades que las reformas introducidas a la legislación laboral resultan ser absolutamente insuficientes para restablecer un modelo democrático de relaciones de trabajo.
Lo más importante: a esa fecha ya había entrado en vigencia el nuevo procedimiento penal, y el gobierno había anunciado que se iniciaría el estudio e implementación de la reforma procesal civil. Pero en este Congreso AGAL logra convencer a las autoridades de gobierno que la reforma procesal más urgente es la del procedimiento laboral. Se dijo en el Congreso: “Cuando se litiga sobre prestaciones alimentarias, una dilación de tres o cuatro años (eso duraba un juicio del trabajo) representa una denegación de justicia. Un trabajador no está en condiciones de esperar un tiempo tan extenso para cobrar su salario o una indemnización por despido”.
También se dijo que “si no existe una judicatura eficiente, estará siempre presente la posibilidad de que el trabajador renuncie a sus derechos, ante la alternativa de un juicio que amenaza eternizarse. En tal caso, como afirmaba Pla Rodríguez, el hambre llegará antes que la justicia”.
Pocos días después de terminado el V Congreso, el ministro del Trabajo informa a AGAL que el Gobierno ha decidido iniciar la reforma procesal laboral y postergar la procesal civil. Y efectivamente se inicia el estudio y elaboración de un nuevo proceso laboral, para lo cual se crea un Foro para la elaboración de dicho proyecto.
Cuando la reforma entró en vigencia, el año 2008, los juicios laborales disminuyeron su duración a un promedio de 5 meses.
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